phone 085-2003 158-2008

NOSOTROS:

Matheus Asesores Y Consultores  

CONTADORES, AUDITORES, ADMINISTRADORES, ECONOMISTAS, ABOGADOS TRIBUTARISTAS, TRADUCTORES Y EXPERTOS EN SISTEMAS,  PRECIOS DE TRANSFERENCIA Y COMERCIO EXTERIOR   
CALENDARIO TRIBUTARIO Ciencia Contable
Bienvenido a Matheus Asesores y Consultores

Bienvenidos al Portal y Comunidad de Profesionales al servicio de empresas del Perú y el mundo.  Empresario, Contador Público y profesional relacionado, participa interactuando en nuestro portal donde puedes obtener conocimientos e información para tu empresa de tipo administrativa, financiera, tributaria, legal y asesoría en comercio exterior y sobretodo obtener las soluciones que tu negocio requiera. Se parte de esta gran familia.   Contabilidad al día Anuncios.NORMAS LEGALES





D.S.158-2008-EF

Modifican  el  Decreto  Supremo  N° 085-2003-EF  que  establece  la

Dic. 11, 2008

obligación de presentar Declaración de Predios ante la SUNAT.





D.S.165-2008-EF

Decreto Supremo mediante el cual se aprueba el listado de entidades

Dic. 21, 2008

que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV; lista que se

 

encuentra publicada en el Portal del MEF.





D.S.167-2008-EF

Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas

Dic. 21, 2008

e Impuesto Selectivo al Consumo

 

El pago del ISC que grava a los productores e importadores de cerveza,

 

licores, bebidas alcohólicas y gasificadas, aguas minerales, combustible

 

y cigarrillos, se efectuará mensualmente y en el  caso de existir un

 

crédito en exceso, se utilizará en el mes siguiente.









D.S.169-2008-EF

VALOR DE LA UIT 2009  S/. 3,550 .- Durante el año 2009, el valor de

Dic. 25, 2008

la  Unidad Impositiva Tributaria  (UIT)  como  indice  de  referencia en



normas tributarias será: Tres Mil Quinientos Cincuenta Nuevos Soles









Circul. AFP-98-2008

Se establece Tasa de Interés moratorio AFP por pago extemporaneo.

Dic.26, 2008

A partir del 01.01.2009, dicha tasa será de 1.50 % efectiva mensual,

 

considerando un mes de 30 días.









D.S.175-2008-EF

Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

Dic. 27, 2008











LEY Nº 29307

Modifican el Código Penal,  por  la administración fraudulenta cuando un

Dic. 31, 2008

administrador o representante actua en perjuicio de la persona jurídica



ocultando la verdadera situación falseando balances y realizando otros



actos que la Ley señala.  Además incorpora al Código Penal los actos



de un  auditor  interno  o  externo  que  presenta  informes de auditoría



distorsionados.









LEY Nº 29308

Ley que prorroga las exoneraciones contenidas en el Articulo 19° de la

Dic. 31, 2008

Ley del Impto.a la Renta (ingresos de entidades religiosas, asociaciones,



fundaciones, operaciones en bolsa, etc) y posterga entrada en vigencia



de varios artículos y disposiciones del D. Leg. Nº 972









Resol. Superint.

Modifican diversas disposiciones del  Reglamento  de Comprobantes

Nº 233-2008/SUNAT

de Pago y amplían plazos para el uso de sistemas informáticos y

Dic. 31, 2008

presentación del Formulario Nº 845.

 

Hasta el 30 de junio 2010 se prorroga el uso de sistemas informáticos

 

para la emisión de Tickets, incluso aquellos aplicativos informáticos

 

que hubieran sido declarados como máquinas registradoras.









Resol. Superint.

Establecen  Cronogramas  para  el  cumplimiento de las obligaciones

Nº 237-2008/SUNAT

tributarias correspondientes al año 2009.

Dic. 31, 2008











Resol. Superint.

Nuevas reglas para uso de libros y registros contables:

Nº 239-2008/SUNAT

"Modifican Resolución de Superintendencia que estableció las normas

Dic. 31, 2008

referidas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios".

 

Para simplificar el uso obligatorio del plan contable general empresarial

 

e implementación de nuevos libros electrónicos tanto para las grandes

 

empresas como para las mype, la SUNAT facilitó el uso de los libros y

 

registros vinculados con asuntos tributarios, con vigencia a Enero 01.

  TRIBUTARIA : Los Libros contable y el Aspecto Tributario  

Se ha publicado la Resolución de Superintendencia Nº 230-2007/Sunat de fecha 15.12.2007 referente a la ampliación de la entrada en vigencia sobre la contabilidad completa y de la información mínima y nuevos formatos de los Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios (Artículos 12º y 13º de la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/Sunat) a partir del 01.01.2009.

LABORAL : Nueva información laboral tributaria ante Sunat y MTPE  

En febrero empieza la entrega dedeclaraciones con el nuevo formato.
Mejorarásistemas de fiscalización y control deobligaciones en empresas.

Como es devuestro conocimiento, desde el 1 de enero de esteaño ha empezado a regir la obligación de losempleadores de presentar mensualmente la planillaelectrónica (PE), documento llevado a través demedios electrónicos en que se encuentra registradala información de trabajadores, prestadores deservicios-cuarta categoría, prestadores deservicios-modalidad formativa, personal deterceros y derechohabientes. Su presentación debeefectuarse ante el Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo (MTPE), mediante la Sunat,empleando el PDT Formulario virtual Nº0601. ADMINISTRACION : ¿ESTÁN LAS MUNICIPALIDADES FACULTADAS PARA EXIGIR EL PAGO DE LICENCIAS, PERMISOS Y CARNÉS SANITARIOS?  



En su edición denoviembre del año 2004 la revista “másventas”publicó un artículo en su página 28, acerca de silas municipalidades estaban facultadas para exigiralgunos pagos como licencias, permisos y carnés.Según la revista en mención de acuerdo a la nuevaLey Orgánica de Municipalidades estás no puedenexigir dichos pagos. De lo expuesto por la revistay las citas a que hace referencia, basándose en elcuerpo legal que regula los asuntos sobre salud,permiso y licencias; trataré de exponer misdiscrepancias acerca de los comentarios vertidos,con la finalidad de no dejarse sorprender por lasmunicipalidades por el incumplimiento queconllevarían a una sanción de tipo administrativa.TRIBUTARIA : LAS ACTIVIDADES ILÍCITAS Y SU GRAVABILIDAD E ILICITOS TRIBUTARIOS  



Actualmente en ladoctrina tributaria existen dos corrientes encuanto a la aplicación y a la no aplicación detributos a los ingresos provenientes deactividades ilícitas. Se debe tener en claro queen sentido común, la lógica jurídica y losprincipios generales del derecho, indican que elestado no puede prohibir una actividad por un ladoy al mismo tiempo legalizarla por otro.TRIBUTARIA : Precios de transferencia en el Peru  

Las normas sobre precios detransferencia buscan evitar que empresasvinculadas o relacionadas manipulen los preciosbajo los cuales intercambian bienes o servicios,de forma tal que aumenten sus costos odeducciones, o disminuyan sus ingresos gravables.Este concepto se conoce internacionalmente comoPrincipio Arm’s Length, y ha sido adoptado por lamayoría de las economías del mundo y, enparticular, por los países que integran laOrganización para la Cooperación y DesarrolloEconómico. LABORAL : Nueva información laboral tributaria ante Sunat y MTPE  

En febrero empieza la entrega de declaraciones con el nuevo formato.
Mejorará sistemas de fiscalización y control de obligaciones en empresas.

Como es de vuestro conocimiento, desde el 1 de enero de este año ha empezado a regir la obligación de los empleadores de presentar mensualmente la planilla electrónica (PE), documento llevado a través de medios electrónicos en que se encuentra registrada la información de trabajadores, prestadores de servicios-cuarta categoría, prestadores de servicios-modalidad formativa, personal de terceros y derechohabientes. Su presentación debe efectuarse ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), mediante la Sunat, empleando el PDT Formulario virtual Nº 0601. ADMINISTRACION : ¿ESTÁN LAS MUNICIPALIDADES FACULTADAS PARA EXIGIR EL PAGO DE LICENCIAS, PERMISOS Y CARNÉS SANITARIOS?  



En su edición de noviembre del año 2004 la revista “másventas” publicó un artículo en su página 28, acerca de si las municipalidades estaban facultadas para exigir algunos pagos como licencias, permisos y carnés. Según la revista en mención de acuerdo a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades estás no pueden exigir dichos pagos. De lo expuesto por la revista y las citas a que hace referencia, basándose en el cuerpo legal que regula los asuntos sobre salud, permiso y licencias; trataré de exponer mis discrepancias acerca de los comentarios vertidos, con la finalidad de no dejarse sorprender por las municipalidades por el incumplimiento que conllevarían a una sanción de tipo administrativa.TRIBUTARIA : LAS ACTIVIDADES ILÍCITAS Y SU GRAVABILIDAD E ILICITOS TRIBUTARIOS  



Actualmente en la doctrina tributaria existen dos corrientes en cuanto a la aplicación y a la no aplicación de tributos a los ingresos provenientes de actividades ilícitas. Se debe tener en claro que en sentido común, la lógica jurídica y los principios generales del derecho, indican que el estado no puede prohibir una actividad por un lado y al mismo tiempo legalizarla por otro. TRIBUTARIA : Precios de transferencia en el Peru  

Las normas sobre precios de transferencia buscan evitar que empresas vinculadas o relacionadas manipulen los precios bajo los cuales intercambian bienes o servicios, de forma tal que aumenten sus costos o deducciones, o disminuyan sus ingresos gravables. Este concepto se conoce internacionalmente como Principio Arm’s Length, y ha sido adoptado por la mayoría de las economías del mundo y, en particular, por los países que integran la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico.  

  DEPRECIACION TASA ANUAL Tipo % Edificaciones y constr. 3%Ganado de trabajo y reproduc., redes pesca 25%Vehículos de transp. terrrestre (excepto ferrocarriles), hornos  20%Maquinaria y equipo utilizados por activ. Minera, petrolera, construcción, excepto muebles, enseres y equ.oficina 20%Equipos de procesamiento de datos 25%Maquinaria y equipo adquirido 10%Otros bienes del activo fijo 10%Aves reproductoras 75% Block del Diccionario [ VALOR EN LIBROS (VALOR CONTABLE) ]
Es el importe con que un renglón contable aparece registrado en los libros de contabilidad, ya sea que represente el costo, inicial, el actualizado, el estimado o el de avalúo. Representa el valor con que se registra en los libros de contabilidad cualquier propiedad, derecho, bien, crédito u obligación. En las sociedades por acciones, el "valor en libros" de una acción común se calcula sumando el capital social exhibido, con el superávit y las utilidades no distribuidas, restando a la suma el importe de las acciones preferentes, a su valor nominal o de liquidación, y dividiendo la diferencia entre el número de acciones comunes que formen parte del capital social. El valor en libros representa únicamente "cifras en libros" y eso puede ser diferente del valor comercial, del valor en el mercado, del valor real, del valor de reposición, del valor de liquidación, etc. Cualquier cifra en los libros de contabilidad que no se haya ajustado. Otras definiciones...
Frase célebre "Los que conocen todas sus riquezas son pobres; solamente es rico aquel que no sabría decir cuánto posee."
Sir John SucklingSitios Asociados








CELULAR: (511) 99901-7532 / 999108-2383....... NEXTEL: 108*2383....... matheus@matheusconsultores.com

 


CONTACTOS